5 de mayo de 2021
Prohíben a las farmacias bonaerenses vender las pruebas rápidas para detectar COVID-19

Mediante una Resolución publicada este miércoles, el Gobierno bonaerense decidió prohibir en las Farmacias de la Provincia la venta de los productos con distintas denominaciones o marcas comerciales que son en definitiva para uso diagnóstico como “Pruebas rápidas de Antígeno COVID-19 o test inmunocromatográficos para antígenos de SARS-CoV-2 en secreciones nasales y de garganta”.
Al respecto, la medida firmada por el ministro de Salud, Daniel Gollán, también dejó establecido que los test para COVID-19 son de “uso profesional exclusivo excluyente, y deben realizarse en laboratorios de análisis clínicos habilitados por la autoridad de aplicación”.
La medida tendrá vigencia, mientras perdure la declaración del estado de emergencia sanitaria en el ámbito de toda la provincia de Buenos Aires a tenor de la enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID-19).
Según se indicó, las farmacias que incumplieren con lo dispuesto serán pasibles de la aplicación de las sanciones previstas en la Ley N° 10606, que determina que la venta al público de medicamentos y material aséptico, sólo se efectuará en tales establecimientos, quedando terminantemente prohibido realizarlo fuera de las mismas, aún cuando se tratara de aquellos de venta sin receta o libre.