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13 de junio de 2024

Mendoza: ordenan una reparación indemnizatoria y simbólica a un agente penitenciario por hechos constitutivos de violencia de género contra una subalterna

Un agente del Complejo Penitenciario Federal VI acordó en juicio abreviado el reconocimiento de los hechos y la reparación económica y el pedido de disculpas a su víctima, tras haber incurrido en actos de hostigamiento y abuso de autoridad en el ámbito laboral.

En el marco de un juicio abreviado homologado ante el Juzgado Federal N° 1 de Mendoza, a cargo del juez subgrogante Pablo Quirós, un integrante del Servicio Penitenciario Federal acordó reparar de manera indemnizatoria y simbólica a una subalterna que lo acusó por hechos de violencia psicológica y laboral, como constitutivos de violencia de género. En el proceso intervino la Fiscalía Federal N° 2 de Mendoza, a cargo de Fernando Alcaraz, que contó con la colaboración de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM).

Tras tomar en cuenta las expectativas e intereses de la víctima, a propuesta de la fiscalía el condenado aceptó disculparse con ella por los hechos por los que se lo responsabilizó y acordó una reparación económica. La solución del caso llegó luego de intensas tratativas entre la fiscalía y la defensa técnica del acusado.

En efecto, el juzgado homologó el acuerdo de juicio abreviado por el que el acusado resultó condenado por el delito previsto y reprimido por el artículo 248 del Código Penal (abuso de autoridad) en función de los artículos 4, 5 y 6 de la Ley 26.485, de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, y de los artículos 1 y 2 de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

En el caso se le atribuyó al agente penitenciario haber incumplido los deberes de funcionario público en el servicio que presta en el área de salud del Complejo Penitenciario Federal VI de Mendoza por no haber ejecutado las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere, en especial la N° 26.485, incurriendo en actos de hostigamiento, violencia de género y abuso de autoridad en contra de la víctima en el ámbito laboral.

De acuerdo con lo establecido en el acuerdo de juicio abreviado, el condenado ejerció actos de violencia psicológica y laboral hacia la víctima, quien dependía funcionalmente de él, dentro del establecimiento penitenciario en el que ambos trabajaban. Entre otros comportamientos, se determinó que la sobrecargaba de tareas, la aislaba dentro de su lugar de trabajo al sacarla de la oficina donde debía atender, le negaba permisos que para el resto del personal eran habituales, en el marco de la relación de poder y autoridad, lo que generó un daño emocional a la víctima. Tales conductas, se explicó, afectaron su vida, libertad, dignidad, integridad psicológica y seguridad personal, motivos por los cuales terminó renunciando a su puesto de trabajo.

La oficina de la Dirección General de Acceso a la Justicia (ATAJO) del MPF contactó a la víctima, quien manifestó su acuerdo con la solución propiciada, que además implicó el reconocimiento de los hechos por parte del agresor.

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