Miércoles 20 de Agosto de 2025

20 de agosto de 2025

Pidieron penas de hasta 4 años y 8 meses de prisión para el exministro Julio De Vido y el exsubsecretario Roberto Baratta, por las irregularidades en la compra de Gas Natural Licuado

Para la titular de la Fiscalía General N°5 ante los Tribunales Orales Federales de Capital Federal, “delinquieron con plena conciencia de su rol institucional”. Además, requirió una condena de 4 años de prisión para un exdirector ejecutivo y apoderado de la empresa Diligentia S.A. Los tres están imputados por administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de la administración pública.

La titular de la Fiscalía General N°5 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital Federal, Fabiana León, junto a auxiliar fiscal Nicolás Codromaz, solicitaron hoy que se condene a penas de hasta 4 años y 8 meses de prisión al exministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Públicos de la Nación, Julio de Vido (75); al exsubsecretario de Coordinación y Control de Gestión de esa cartera y titular de la Unidad Ejecutora del Programa de Energía Total, Roberto Baratta (52), y al exdirector ejecutivo y apoderado de la empresa Diligentia S.A. Roberto Nicolás Dromi San Martino (51), por su presunta intervención en las maniobras irregulares en la adquisición de Gas Natural Licuado (GNL) para el Programa Energía Total (PET), que causaron un perjuicio económico al Estado estimado en más de cinco millones y medio de dólares.

Al detallar el pedido de penas, León requirió que a De Vido se le imponga prisión de 4 años y 8 meses, y a Baratta, 4 años y 6 meses. También solicitó para ellos inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de cargos públicos, accesorias legales y costas. Ambos exfuncionarios fueron considerados por la fiscal como coautores por omisión impropia, del delito de administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de la administración pública. Para el tercer imputado, Dromi San Martino, pidió que se lo condenara a 4 años de prisión, accesorias legales y costas del proceso, como partícipe necesario del mismo delito.

A su vez, la representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se restituyera el dinero sustraído a la administración pública, en concepto de comisiones injustificadas, que asciende a la suma de 5.523.344,50 dólares, junto a los intereses devengados. Además, requirió el embargo de los bienes de los imputados y las sociedades involucradas en las maniobras ilícitas, para hacer frente al pago de la restitución.

Finalmente, pidió el decomiso del dinero incautado en ocasión de los allanamientos realizados oportunamente en los domicilios de De Vido y Baratta.

Durante su exposición, la fiscal León afirmó que los imputados “delinquieron con plena conciencia de su rol institucional, y en abuso de su posición pública y del vínculo con esa posición”.

“Nos encontramos frente una infracción sistemática de deberes funcionales en el manejo de fondos públicos, en el marco de una política energética nacional que fue diseñada e implementada por el Estado, y eso exige reforzar la sanción como expresión del reproche social e institucional”, destacó.

De acuerdo a la fiscal general, De Vido y Baratta “en su condición de funcionarios públicos, con competencias directas sobre el Programa Energía Total y la administración de fondos públicos, violaron deliberadamente deberes legales específicos, de vigilancia, control y corrección”. Agregó que “lo hicieron a través de una inacción sistemática, que permitió la creación y repetición de un esquema de contratación fraudulenta en el que se pagaron más de 5 millones de dólares en comisiones innecesarias y desproporcionadas a empresas sin antecedentes técnicos, con beneficio directo para particulares allegados a ellos”.

El debate había comenzado el 18 de marzo pasado. Cabe destacar que, por los hechos, también fueron requeridos a juicio Exequiel Omar Espinosa y José Roberto Dromi, presidentes, respectivamente- de la firma Energía Argentina S.A. (ENARSA), y de Dromi San Martino Consultores (DYSAN), quienes fallecieron antes el inicio del debate oral.

El caso

En el juicio que se desarrolla ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) N°7 -integrado por los jueces Germán Andrés Castelli, Fernando Canero y Enrique Méndez Signori- se analizan los hechos investigados por la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal N°4, a cargo del fiscal Carlos Stornelli, y por el ya fallecido juez Claudio Bonadio.

La investigación se inició a raíz de las denuncias -presentadas en septiembre y octubre de 2014- por el presidente de la Unión de Consumidores de Argentina, el presidente de la ONG “Paso por Paso Argentina”, y los entonces diputados nacionales Patricia Bullrich, Laura Alonso y Federico Pinedo, por posibles irregularidades vinculadas a la adquisición e importación de gas natural licuado, por parte de los funcionarios del Ministerio de Planificación Federal y ENARSA.

Además, también se imputó a Roberto Nicolás Dromi San Martino, y a su padre, José Roberto Dromi, haber intervenido en la maniobra como intermediarios de ENARSA y las empresas proveedoras de GNL, Morgan Stanley, Gas Natural Aprovisionamientos SDG, y Gas Natural Fenosa, lo que incidió en el precio abonado por los cargamentos de gas.

El alegato de la fiscalía

La audiencia comenzó hoy cerca de las 10 de la mañana, con la descripción de los hechos imputados, formulada por el auxiliar fiscal Codromaz, quien señaló que, entre el 4 de abril de 2008 y el 12 de agosto de 2009, De Vido, Baratta y Espinosa, “intervinieron de forma funcionalmente coordinada en la adquisición de 11 cargamentos de Gas Natural Licuado, en el marco del Programa Energía Total”, que había sido creado en julio de 2007 para afrontar la situación energética, a través de la sustitución del consumo de gas natural y energía eléctrica por combustibles alternativos. Agregó que “estas adquisiciones -financiadas con fondos públicos- se realizaron infringiendo las normas que regía el uso de recursos del Estado y la contratación pública, tanto generales como específicas del PET”.

Entre las irregularidades reseñadas por la fiscalía se cuentan la falta de licitación pública o procedimiento competitivo -en contradicción a los principios de transparencia, eficiencia y publicidad previstos en las Leyes 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional, 25.188 de Ética en la Función Pública, y en los Decretos 1023/01 y 436/00)- la delegación irregular de la gestión operativa de ENARSA y la inobservancia del deber de dictar un reglamento interno de contrataciones -que creó una zona de discrecionalidad e informalidad incompatible con el manejo de fondos públicos-.

También destacaron la inacción por parte de De Vido y Baratta frente a dichas omisiones y desvíos, a pesar de la obligación de supervisar, corregir y controlar los actos de ENARSA.

“En ese contexto, seis de esos cargamentos fueron gestionados por YPF S.A. y comprados a Repsol Comercializadora de Gas S.A., por un total de U$S 267.935.139,33. Los otros cinco cargamentos fueron adquiridos a través de las empresas Diligentia y Dysan, que actuaron como intermediarios con las firmas proveedoras Gas Natural y Morgan Stanley, por un total de U$S 112.475.792,35”, señaló Codromaz.

Agregó que “bajo el amparo de estas maniobras, se pagaron comisiones y honorarios por un total de U$S 5.523.345,02: U$S4.791.600 a Diligentia y U$S 731.744,50 a YPF S.A., sin que se ya demostrado la existencia de un servicio técnico, logístico o contractual o adicional que lo justificara” y que esos pagos fueron “contrarios al interés público, arbitrarios e innecesarios”.

La fiscal León afirmó que en el caso se verificó "un esquema de contratación fraudulenta en el que se pagaron más de 5 millones de dólares en comisiones innecesarias y desproporcionadas a empresas sin antecedentes técnicos, con beneficio directo para particulares allegados a ellos”.

Finalmente, el auxiliar fiscal analizó los diversos contratos suscriptos, los cargamentos de gas, las comisiones pagadas innecesariamente a Diligentia y Dysan, las resoluciones dictadas por el Ministerio de Planificación nacional y ENARSA al respecto, la normativa vigente al momento de los hechos y las irregularidades advertidas por la Auditoría General de la Nación.

Tras un cuarto intermedio, Codormaz retomó su alocución con la descripción del tipo penal imputado y las responsabilidades de cada uno de los tres imputados.

Con relación a De Vido, señaló que tenía la obligación de supervisar a ENARSA como sociedad estatal bajo su órbita; la ejecución, fiscalización y estructuración del PET; la aprobación, supervisión y control de los contratos con impacto presupuestario o energético, y la implementar del régimen de contrataciones.

Por su parte, Baratta, tenía la dirección operativa del PET y el deber de supervisar directamente a ENARSA. También estaba obligado a producir y controlar los contratos y tuvo conocimiento de las irregularidades y omitió subsanarlas.

Respecto a Dromi San Martino, indicó que no era funcionario público -sino que era un vinculo operativo para encarecer los costos-, que participó en las maniobras fraudulentas, y que actuó a sabiendas de que -con las comisiones percibidas- perjudicaba al Estado.

Luego, el auxiliar fiscal reseñó las conductas ilícitas desplegadas, entre las que incluyó la decisión de tercerizar innecesaria y onerosamente las operaciones de compra de GNL, a través de intermediarios sin experiencia ni licitación alguna; el apartamiento de las normas que rigen el manejo de fondos públicos y los principios de contratación administrativa; la inacción de quienes debían controlar; y la posibilidad de impedir el resultado. También se refirió al pago de comisiones desproporcionadas a favor de particulares, por operaciones que ENARSA podía -y debía- gestionar directamente, conforme la normativa del PET y sus obligaciones legales.

Las penas

Luego tomó la palabra la fiscal general León quien continuó el alegato, reseñando las condiciones de personales de los tres imputados, para finalmente pasar al pedido concreto de penas:  4 años y 8 meses de prisión para De Vido; 4 años y 6 meses para Baratta, e inhabilitación especial perpetua para ambos, como coautores de administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de la administración pública. Y luego solicitó los 4 años de prisión, como partícipe necesario, para Dromi San Martino. Los tres deberán afrontar las accesorias legales y costas del proceso.

Por último, León pidió que se les imponga a Baratta y Dromi San Martino -quienes permanecen en libertad- la promesa de someterse al procedimiento, las prohibiciones de salida del país y de ausentarse de sus domicilios sin autorización del Tribunal por más de 72 horas, y la entrega de sus documentos de viaje.

Tras ello, el juez Méndez Signori dispuso un cuarto intermedio hasta el próximo martes 26 de agosto, a las 9, cuando el debate continuará con los alegatos de las defensas de De Vido, Baratta y Dromi San Martino.

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