14 de noviembre de 2025
Procesaron con prisión preventiva a siete personas por integrar una organización que traía dólares falsos desde Paraguay y los vendía en bares de Recoleta

El juez Aguinsky consideró que actuaban “con roles definidos y distintas jerarquías”, aplicó la “ley antimafia” y calificó los hechos como asociación ilícita, contrabando, falsificación de moneda y lavado de activos. Trabó embargos de 355 millones de pesos sobre cada imputado.
El juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N°10, Marcelo Aguinsky, decretó el procesamiento con prisión preventiva de siete hombres como coautores de asociación ilícita y lavado de activos -agravados por considerar esas conductas incluidas en los términos de las previsiones de la “ley antimafia”-, contrabando y falsificación de moneda, por ingresar dólares falsos desde Paraguay y venderlos ilegalmente en bares o confiterías del barrio porteño de Recoleta, con el objeto de ponerlos en circulación en el mercado formal.
La decisión, que incluyó embargos por 355 millones de pesos a cada uno de los procesados y el dictado de la falta de mérito respecto de un octavo hombre imputado, se dio en el marco de la investigación desarrollada durante seis meses por el fiscal Emilio Guerberoff, a cargo de la Fiscalía N°2 en lo Penal Económico, junto al secretario Juan Manuel De la Torre. También colaboró la Dirección General de Articulación Operacional e Investigaciones de la Policía Federal (PFA), la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) y el Servicio Secreto (US Secret Service) del gobierno de los Estados Unidos.
En su resolución, el magistrado consideró que los imputados intervinieron y formaron una organización criminal “con roles definidos y distintas jerarquías”, que se dedicó “a cometer delitos vinculados con el contrabando de importación de dólares estadounidenses falsificados, provenientes de la República del Paraguay, con el fin de comercializar los mismos en el mercado ilegal a cambio de dinero y a un precio que ronda en el 30% del valor nominal de cada billete de dólar apócrifo, reteniendo para sí, cada uno de los integrantes de la banda, un porcentaje de dinero en concepto de comisión, de acuerdo con el aporte brindado a la organización criminal”. Agregó que “el dinero obtenido a partir de la actividad ilegal sería puesto en circulación en el mercado a fin de darle apariencia de licitud”.
El juez consideró que la la reiteración transaccional, la intervención de múltiples intervinientes, la existencia de un circuito predeterminado de aprovisionamiento y comercialización, y la colocación en el mercado del dinero obtenido permiten "sostener una hipótesis de integración de activos de origen ilícito en el circuito económico formal”.
El caso
La investigación comenzó en abril pasado a raíz de una denuncia anónima ante la Dirección General de Articulación Operacional e Investigaciones de la PFA, en la que se indicaba que un ciudadano argentino-paraguayo traía dólares estadounidenses falsificados desde la República del Paraguay para venderlos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otras provincias. El denunciante también refirió que el sospechoso financiaba a organizaciones terroristas y de lavado de activos.
La fiscalía comenzó así una investigación preliminar y encomendó tareas de campo que permitieron identificar a parte de la organización y su operatoria, por lo que solicitó al juez Aguinsky la designación de un “agente revelador” -conforme la Ley 27.319 de Investigación, Prevención y Lucha contra Delitos de Investigación Compleja- para simular la compra de los dólares falsos.
La medida fue admitida en julio pasado y, en ese marco, se contactó a los sospechosos para coordinar una operación de compra de los billetes apócrifos e identificar fehacientemente a los imputados, incautar bienes y recolectar pruebas para realizar un peritaje con el objetivo de determinar el origen y la autenticidad de las divisas obtenidas.
De esa forma, se concretaron tres operaciones de compraventa de divisas falsas por un total de 15.000 dólares. La primera fue el 4 de septiembre por 3.700 dólares; la segunda, al día siguiente, por 6.300 dólares; y la tercera, el 17 de octubre pasado, por 5.000 dólares.
En la pesquisa se determinó que por cada billete falso de 100 dólares que vendían, los imputados cobraban un 30 por ciento de su valor nominal y retenían un porcentaje en concepto de “comisión”, de acuerdo con el aporte brindado a la organización criminal.
Los billetes obtenidos por el agente revelador fueron peritados por la División Scopometría de la Superintendencia de Investigaciones Federales de la PFA, que determinó que eran “falsos” y que ostentaban “diferencias en cuanto al soporte, sistemas de impresión y las medidas de seguridad”. Además, el Servicio Secreto estadounidense informó que nueve de los billetes tenían números de serie idénticos a algunos incautados en los Estados Unidos durante 2025, y que presentaban “un tipo de impresión digital”.

Ante este escenario, el fiscal Guerberoff le solicitó al juez Aguinsky la realización de una cuarta operación que tuviera como objeto la detención de los sospechosos. Por ello, se pactó un nuevo encuentro el 22 de octubre para el que el agente revelador compraría el equivalente a 45.000 dólares en billetes falsos.
En el marco de doce allanamientos simultáneos practicados en un bar de Recoleta y distintos domicilios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la provincia de Buenos Aires fueron apresadas seis personas y se incautaron 44.600 dólares apócrifos y 12 millones de pesos.
Los detenidos fueron indagados por los delitos de asociación ilícita destinada al contrabando, puesta en circulación de dinero falso y lavado de activos. El juez consideró las figuras de la asociación ilícita y de lavado de activos agravadas por la aplicación de la Ley 27.786, de Organizaciones Criminales, conocida como “ley antimafia”, que prevé una escala penal de entre 8 y 20 años de reclusión o prisión. Este caso es el primero en el que se aplica la norma en el fuero nacional en lo penal económico.
“Precio inferior al de la cotización oficial”
En base a las pruebas recabadas, el juez Aguinsky decretó el procesamiento con prisión preventiva de siete implicados por aquellos delitos. La falta de mérito dispuesta en el caso benefició al dueño del bar de Recoleta donde se realizaron parte de las operaciones, por la ausencia de elementos de prueba que lo vinculen con las maniobras.
Para simular la compra de los dólares falsos, la fiscalía solicitó al juez la designación de un “agente revelador”, figura prevista en la Ley 27.319 de Investigación, Prevención y Lucha contra Delitos de Investigación Compleja.
“Se observa que los integrantes de este grupo han desplegado un modo de acción sistematizado, cumpliendo roles claramente definidos”, señaló Aguinsky. En tal sentido consideró que J.V.C.R. era el encargado de ingresar de contrabando a la República Argentina los dólares falsificados y que S.H.N. proveía a R.C.P los dólares falsos que comercializaba en los encuentros que organizaba. Añadió que E.R.M.M. se ocupaba de la logística técnica y el abastecimiento con S.H.N.; y que J.C.F. oficiaba de intermediario, facilitaba contactos, verificaba los antecedentes de los compradores y blanqueaba parte de las operaciones de intercambio de dólares apócrifos. Finalmente, describió que L.E.S. cumplía el rol de colaborador operativo y chofer para el traslado de los billetes y que O.A.G. era el intermediario comercial principal, responsable del contacto con los compradores y de asegurar la circulación del dinero falsificado en el mercado.
“Del conjunto probatorio se advierte que la banda ingresaba al territorio nacional divisas estadounidenses presuntamente apócrifas mediante maniobras de contrabando, para inmediatamente colocarlas en el mercado a un precio inferior al de la cotización oficial. Tal conducta no sólo constituye un método recurrente de comercialización de la mercadería ilícita, sino que, en su configuración operativa, cumple funciones propias de procesos de conversión y colocación de recursos de origen potencialmente ilícito: distribuir la mercadería ilegal (en el caso, los dólares apócrifos), obtener liquidez inmediata, dispersar el dinero obtenido a partir de la actividad ilegal en el mercado y reducir la trazabilidad de su procedencia”, puntualizó el magistrado.
En su resolución Aguinsky también consideró que “la organización ofrecía y entregaba las divisas apócrifas a sujetos interpuestos y el dinero obtenido por dichas transacciones se reinsertaba en el circuito económico mediante terceros compradores”. Explicó que esas circunstancias “configuran indicios de una operatoria orientada a dar apariencia de licitud al producto de una actividad delictiva, al menos en cuanto a su estructura funcional y finalidad práctica”.
El juez añadió que “los rasgos observados -reiteración transaccional, intervención de múltiples intervinientes, existencia de un circuito predeterminado de aprovisionamiento y comercialización, y la colocación en el mercado del dinero obtenido- constituyen un esquema objetivo idóneo para sostener una hipótesis de integración de activos de origen ilícito en el circuito económico formal”.


