15 de octubre de 2024
La IGJ suspendió la Asamblea en la que se iba a votar la reelección de Chiqui Tapia en AFA
La Inspección General de Justicia resolvió “declarar la irregularidad e ineficacia total a los efectos administrativos de la convocatoria a Asamblea General Ordinaria de la AFA para el 17 de octubre”
De esta manera, el escenario que se abre tiene ya un cariz judicial, más que polÃtico y mediático. Es que si la AFA realiza igualmente la asamblea, tanto Tapia como todos los que participen del acto y convaliden la elección de autoridades podrÃan quedar alcanzados por un delito penal contemplado en el art. 239 del Código Penal, que establece que “será reprimido con prisión de quince dÃas a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legÃtimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legalâ€.
Por su parte, los miembros del Comité Ejecutivo de AFA, gerentes y miembros del Consejo Directivo podrán ser acusados también de la comisión del delito previsto en el artÃculo 301 del Código Penal, que señala que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el director, gerente, administrador o liquidador de una persona colectiva que a sabiendas prestare su concurso o consentimiento a actos contrarios a la ley o a los estatutos…â€.La eventual jugada de Tapia de desafiar una decisión adversa de IGJ en esta materia, llevando adelante la elección igualmente “en rebeldÃa y desoyendo la eventual resolución denegatoria†de la autorización de la asamblea, podrÃa colocarlo en una situación de alto riesgo. En el Gobierno pusieron la mira en el artÃculo 10, inciso j) apartado 2, de la ley 22.315, podrÃa llegar a disponerse, incluso e in extremis, una intervención. “Nadie piensa en este escenario. Pero existeâ€, admitieron las fuentes consultadas por este medio.
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